El Tribunal Constitucional anula el protocolo para menores migrantes del Gobierno canario

La decisión del tribunal para anular el protocolo se basa en la vulneración de competencias y afectar a la atención inmediata de los menores
The post El Tribunal Constitucional anula el protocolo para menores migrantes del Gobierno canario first appeared on Hércules.  Según informaciones de EUROPAPRESS, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad estimar parcialmente el recurso del Gobierno de Pedro Sánchez contra el protocolo para menores migrantes aprobado por el Ejecutivo canario. En consecuencia, ha anulado la Resolución de la Dirección General de Protección de la Infancia y las Familias del 10 de septiembre, que establecía dicho protocolo, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.

El TC ha respaldado la ponencia del magistrado Ricardo Enríquez, quien señaló que la acogida de menores migrantes no acompañados es un asunto de asistencia social y, por tanto, competencia de la comunidad autónoma. Sin embargo, el protocolo aprobado implicaba un abandono de funciones por parte del Ejecutivo canario.

El Gobierno central impugnó los apartados segundo, tercero y sexto del Acuerdo del Gobierno de Canarias del 2 de septiembre de 2024 y la Resolución del 10 de septiembre. Finalmente, el TC ha declarado inconstitucional y nula dicha resolución, así como el apartado segundo del acuerdo.

No obstante, los apartados tercero y sexto fueron salvados, ya que constituyen un requerimiento al Estado, aunque el tribunal considera que este aspecto «carece de importancia».

El Tribunal Constitucional admitió el recurso el 8 de octubre, ordenando la suspensión inmediata de los preceptos impugnados, que ya estaban desactivados cautelarmente por orden del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Claves del protocolo anulado

El protocolo establecía que, antes de la entrega del menor a las autoridades, se debía realizar su identificación previa, su inscripción en el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados (RMENA) y la emisión de una resolución administrativa de asignación o ubicación individualizada con audiencia al menor, en presencia de un intérprete y con conocimiento del fiscal. Confirmada la disponibilidad de plaza, la recepción del menor por parte de la comunidad autónoma debía hacerse en comisarías de la Policía Autonómica de Canarias o, en su defecto, en los espacios habilitados para ello.

Denuncias por «ausencia de atención inmediata»

La Fiscalía, que llevó el caso a la justicia ordinaria el 18 de septiembre, sostuvo que el protocolo suponía una «ausencia de atención inmediata» para los menores migrantes en situación de desamparo. Además, denunció que se vulneraban el derecho fundamental al principio de igualdad, reconocido en el artículo 14 de la Constitución y en la Convención de los Derechos del Niño, así como el derecho fundamental a la integridad moral, recogido en el artículo 15 de la Carta Magna.

El ministro Ángel Víctor Torres anunció el 24 de septiembre que el Gobierno recurriría el protocolo ante el TC, después de que el Consejo de Estado concluyera que había «fundamentos jurídicos suficientes» para ello. En su informe, el Consejo de Estado argumentó que las dificultades en la identificación y edad de los menores, así como la saturación de los medios autonómicos, no justifican el rechazo o la demora en su atención inmediata.

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