Los magistrados han rechazado los recursos presentados por el PP contra el auto que le impusieron a su compañero
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Imagen: miembros del TC I ABC
El Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto mantener al magistrado José María Macías al margen de todas las causas relativas a la ley de amnistía, tras desestimar los recursos de súplica interpuestos por el Partido Popular (PP) y once comunidades autónomas gobernadas por esta formación. La decisión se tomó en el Pleno celebrado este martes y reafirma el criterio adoptado el pasado 29 de enero, cuando el alto tribunal consideró que Macías no podía intervenir en estos procedimientos por haber participado previamente, como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en un informe contrario a la norma.
Con esta resolución, el TC confirma que la recusación del magistrado se extiende no solo a los recursos de inconstitucionalidad ya presentados, sino también a todas las cuestiones futuras que puedan derivarse de la aplicación de la ley. El fallo ha sido adoptado con seis votos a favor y cuatro en contra, reflejo de la división entre el sector progresista y el conservador del tribunal.
Una recusación generalizada sin precedentes
La decisión de apartar a Macías se basa en su implicación previa en el debate político-judicial sobre la amnistía cuando formaba parte del CGPJ. En su calidad de vocal, Macías avaló un informe que cuestionaba la constitucionalidad de la medida impulsada por el Gobierno como parte de los pactos con las formaciones independentistas catalanas. Según la interpretación de la mayoría progresista del Constitucional, este posicionamiento anticipado compromete la imparcialidad del magistrado y justifica su apartamiento de todos los asuntos vinculados con la norma.
Este enfoque ha generado críticas dentro del propio tribunal. Los magistrados del sector conservador consideran que la recusación debería haberse resuelto de forma individualizada para cada uno de los dieciséis recursos y seis cuestiones de inconstitucionalidad presentados hasta la fecha. A su juicio, la extensión automática de la medida no tiene un respaldo normativo claro en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional ni en la jurisprudencia previa.
Oposición institucional y división interna
La resolución del Pleno no solo ratifica la exclusión de Macías, sino que deja sin efecto las solicitudes de revisión presentadas por estas instituciones, que argumentaban su legitimación constitucional como parte interesada. Según informa Europa Press, los gobiernos autonómicos consideran que se ha vulnerado su derecho de defensa al no haber sido escuchados en un procedimiento que les afecta directamente.
Impacto en los recursos y calendario previsto
Esta decisión deja al Tribunal Constitucional con una mayoría progresista clara (6 frente a 4) de cara a la resolución de los múltiples recursos interpuestos contra la ley de amnistía. Entre ellos destaca el presentado por el PP, que se perfila como el primero en ser analizado, previsiblemente a partir del mes de junio, según ha adelantado La Razón.
Sin embargo, algunos sectores del tribunal consideran que el debate debería posponerse hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resuelva las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que cuestionan la compatibilidad de la ley con el derecho comunitario. La eventual intervención del TJUE podría alterar el marco jurídico del debate nacional y condicionar la posición del Constitucional.
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