Decir que la vivienda es un derecho es como insistir en que el café sea gratis porque muchos lo necesitan para arrancar el día
The post La vivienda no es un derecho first appeared on Hércules. En pleno debate sobre la crisis del mercado inmobiliario en España, hay una afirmación que se repite con fuerza y se usa como pilar sobre el cual sostener cualquier argumento, por disparatado que sea: “la vivienda es un derecho”. Y como en todo mantra populista, la verdad queda enterrada bajo el peso de la repetición. El artículo 47 de la Constitución Española se invoca como si fuera un dogma sagrado, olvidando que ese texto no habla de derechos fundamentales, sino de principios rectores. Esta diferencia es mucho más que un matiz semántico: es la distancia entre una aspiración social y una exigencia jurídica.
El artículo 47 de la Constitución reza lo siguiente:
«Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.»
Es cierto que, al leerlo, puede parecer que la vivienda es un derecho. Después de todo, la palabra «derecho» aparece dos veces. Pero lo que poca gente sabe es que para entender si algo es realmente un derecho, no basta con leer lo que dice un artículo, sino que es esencial dónde se encuentra ubicado dentro de la Constitución.
Podemos dividir lo que garantiza la Constitución en tres grandes bloques:
El primer bloque se encuentra en el Capítulo 2, Sección 1ª: “De los derechos fundamentales y de las libertades públicas”. Aquí se incluyen derechos fundamentales, como el derecho a la vida, a la integridad física, o a la libertad ideológica. Estos son los derechos más importantes, aquellos que pueden ser exigidos y cuya vulneración puede llevarnos ante un juez para que los garantice.
El segundo bloque está en el Capítulo 2, Sección 2ª: “De los derechos y deberes de los ciudadanos”. Aquí se incluyen derechos que, aunque no fundamentales, también son derechos protegidos, como el derecho a la propiedad privada o el derecho a heredar. Estos derechos son importantes, pero no gozan del mismo nivel de protección que los fundamentales.
El tercer bloque, y el que nos interesa, se encuentra en el Capítulo 3º: “De los principios rectores de la política social y económica”. ¿Y qué es un principio rector? Básicamente, es un objetivo, una guía para la acción pública, una serie de parámetros sobre los cuales el Estado debe basarse para ejecutar sus políticas. Pero, y aquí está el punto clave, no son derechos exigibles ante un juez. Aquí es donde se encuentra el artículo 47, junto a otros como el artículo 44, que dice: “Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho”. Igual que ocurre con el derecho a la cultura, no es un derecho fundamental.
Entender esta distinción es crucial, porque la diferencia entre un derecho y un principio rector está en cómo se garantizan. Si alguien vulnera uno de mis derechos fundamentales, puedo acudir a un juez y exigir que lo restituya. Pero, ¿qué sucede si no puedo permitirme una vivienda? No puedes demandar al Estado por ello, porque la vivienda no es un derecho exigible. Los principios rectores sirven como directrices para la acción del gobierno, pero no obligan al Estado a proveer esos bienes o servicios directamente.
Y aquí es donde reside la gran confusión. El problema del mercado inmobiliario no se resuelve invocando un principio rector como si fuera un derecho fundamental. Decir que “todos tenemos derecho a una vivienda digna” suena bien, pero no resuelve el desequilibrio entre oferta y demanda, ni baja los precios, ni garantiza acceso. La Constitución señala un ideal, un horizonte hacia el cual deben encaminarse las políticas públicas, pero no es una carta de derechos en este caso.
En resumen, la vivienda no es un derecho fundamental. Es una necesidad básica, sin duda, pero confundir necesidad con derecho es lo que ha llevado a la implementación de políticas que, lejos de resolver la crisis, la agravan aún más. Y no olvidemos algo clave: si para garantizarte un derecho es necesario que otro te lo pague, entonces no es un derecho, es un privilegio.
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