Bajan un 7% los delitos de sustracción de menores en 2024, aunque se mantiene como el segundo año con más casos

En 2024 se registraron 443 denuncias por sustracción de menores por parte de uno de los progenitores, un 7% menos que en 2023, que con 477 casos fue el año con más denuncias desde que hay registros. Así lo revela el Informe Anual de Personas Desaparecidas del Ministerio del Interior. El delito, castigado con penas de prisión e inhabilitación, implica traslados o retenciones del menor sin autorización legal
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Los dos últimos años, 2024 y 2023, fueron los que más casos se registraron de sustracción de menores, seguido por 2021 con 434 denuncias, según figura en el Informe Anual de Personas Desaparecidas del Ministerio del Interior, al que ha tenido acceso Europa Press.

El Centro Nacional de Desaparecidos (CNDES), dependiente del Ministerio del Interior, elabora una estadística sobre este tipo de delitos que se inicia en 2010, que fue el año con menor número con 290 denuncias. En 2018 y 2019 la cifra repuntó por encima de los 320 casos y en 2020 bajó a 294. Sin embargo, en 2021 repuntó con fuerza hasta anotar 434 denuncias, frente a las 397 de 2022.

La estadística del CNDES se elabora con los hechos conocidos por delitos de sustracción de menores en España de acuerdo al artículo 225 bis del Código Penal, derivados a su vez del Sistema Estadístico de Criminalidad a partir de las infracciones penales conocidas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Dicho artículo del Código Penal menciona las infracciones derivadas de cuando un progenitor sustrae a su hijo menor de edad sin causa justificada para ello, lo que está castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.

Entre los motivos considerados como una sustracción figura el traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia. También por la retención de un menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa, así como por razones derivadas de que el menor sea trasladado fuera de España.

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