El Supremo avala una macrodemanda contra la cláusula suelo y abre la vía para reclamar por IRPH, afectando a miles de hipotecados en España
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Un paso firme hacia la justicia hipotecaria. El Tribunal Supremo ha respaldado la macrodemanda impulsada por la Asociación para la Defensa de Consumidores y Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) contra la controvertida cláusula suelo, lo que supone una victoria crucial para más de 800 consumidores y abre la puerta a nuevas acciones judiciales colectivas. Esta demanda, dirigida contra más de un centenar de entidades financieras, fue respaldada ahora por el Alto Tribunal, que desestima el recurso interpuesto por los bancos condenados en segunda instancia. Abriéndose la puerta para demandar respecto del IRPH, tal y como hemos anunciado en anteriores artículos.

Cláusula suelo: el Supremo valida la macrodemanda en una sentencia histórica
Este fallo sienta un precedente fundamental al admitir el uso de acciones colectivas contra varias entidades por condiciones contractuales abusivas, como las cláusulas suelo, y obliga a realizar devoluciones millonarias por intereses cobrados de manera indebida. La resolución, según los expertos legales, constituye un hito en la defensa de los derechos de los consumidores hipotecarios en España.
Todo comenzó en 2010, cuando Adicae denunció judicialmente la ilegalidad de estas cláusulas, que fijaban un mínimo de interés para hipotecas variables impidiendo que los afectados se beneficiaran de la bajada de los tipos. La cuestión fue elevada por el Supremo al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que avaló la posibilidad de realizar un control de transparencia masivo, aunque los contratos tuvieran diferentes fechas o regímenes jurídicos. Esa interpretación fue clave para consolidar la demanda colectiva.
Ahora, el Supremo, tras analizar las cláusulas empleadas por diferentes entidades, concluye que tienen suficiente similitud en su redacción y efectos como para ser impugnadas en bloque. Según recoge la sentencia, la falta de transparencia genera un “desequilibrio sustancial en perjuicio del consumidor, contrario a la buena fe”, lo que las convierte en cláusulas abusivas.
Además, el Alto Tribunal establece que los consumidores no pudieron conocer las consecuencias reales de dichas cláusulas hasta mucho después de la firma de sus contratos, ubicando ese conocimiento entre la caída de tipos del año 2000 y, como mínimo, la sentencia de mayo de 2013. Dado que Adicae actuó en 2010, concluye que los afectados no estaban en condiciones de valorar el impacto económico al firmar.
El IRPH bajo la lupa: nueva vía para reclamar
La reciente sentencia impulsa nuevas reclamaciones por cláusula suelo y por otras condiciones como el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios). Ángel Sánchez, socio de Asoban Abogados, afirma: “Valoramos muy positivamente esta decisión. No solo garantiza devoluciones a los más de 800 demandantes, sino que también abre la posibilidad a que cientos de miles de afectados reclamen lo suyo”.
Desde Asoban Abogados estiman que alrededor del 10% de quienes contrataron hipotecas entre 1995 y 2013 podrían tener IRPH en sus contratos. Esta cláusula puede implicar reclamaciones que superen el 25% del total del préstamo, llegando hasta el 60% en algunos casos, según las demandas gestionadas por el despacho.
“Si un consumidor tiene cláusula suelo e IRPH en su contrato hipotecario, podría reclamar una compensación aún mayor”, subrayan en Asoban. En un préstamo de 100.000 euros, el importe recuperable podría oscilar entre 25.000 y 60.000 euros, dependiendo del caso. Contactar con un abogado especializado en derecho bancario puede marcar la diferencia.
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