El juez confirma el procesamiento de Mónica Oltra

El juez de instrucción, que archivó inicialmente la causa contra la exconsejera de Igualdad, ha tenido que reabrirla por orden de la Audiencia Provincial
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Imagen: Mónica Oltra, en un acto de Compromís- EFE

El titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha dictado un auto en el que confirma el procesamiento de la exvicepresidenta del gobierno valenciano y exlíder de Compromís Mónica Oltra, y otros ex altos cargos de ese departamento, por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales a una menor tutelada por parte del exmarido de Oltra, educador social. El juez, que había archivado la causa el pasado abril por falta de indicios, la reabrió en junio por orden de la Audiencia de Valencia y volvió a procesar a los acusados. Estos recurrieron esa decisión, y ahora el juzgado rechaza los recursos y confirma el nuevo procesamiento.

En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado instructor hace suyo el razonamiento del Ministerio Fiscal, que concluía en su informe que el sobreseimiento que pedían ahora los investigados es “un imposible procesal”, al estar todos ellos señalados “por su participación, mayor o menor, de una u otra manera, en los dos episodios en los que la Audiencia sostiene la existencia de indicios de criminalidad”. A juicio del fiscal, no atender esa orden de reapertura “situaría al instructor en una posición de rebelde obstinación frente al mandato de quien tiene atribuida legalmente la potestad revisoria de sus decisiones”.

Reapertura de la causa

La causa dirigida contra Mónica Oltra y otras quince personas, una investigación que llevó a la dimisión de la dirigente valenciana en junio de 2022, fue archivada por el juzgado de instrucción en abril de este año, al no apreciar el juez delito alguno en la actuación de la exvicepresidenta ni un presunto encubrimiento de los abusos. La Fiscalía, en aquel momento, respaldó esta decisión.

Sin embargo, dos meses después, la Audiencia de Valencia estimó parcialmente los recursos que la víctima y las dos acusaciones populares habían presentado contra el archivo del caso, y ordenó reabrirlo. La Audiencia entendió que no podía descartarse “claramente” la existencia de infracción penal y que concurrían indicios suficientes para encausar a los investigados, ante la hipótesis “plausible” de que, cuando la noticia de los abusos llegó a la Consejería de Igualdad, “las personas que tuvieron conocimiento de los hechos y bajo cuya protección y tutela se encontraba la menor, habrían pretendido ocultarlos”.

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