El Supremo afirma que es “evidente” que el fiscal general eliminó pruebas

El magistrado recuerda que «carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desaparecer pruebas que le puedan incriminar; pero que, así sea, tampoco se debe ignorar”
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Imagen: EFE/ Kiko Huesca

El magistrado recuerda que “carece de relevancia penal que un investigado llegue a hacer desaparecer pruebas que le puedan incriminar; pero que, así sea, tampoco se debe ignorar que no tenga incidencia en el desarrollo de una instrucción penal”.

En su resolución, Hurtado plasma un extracto de la exposición de motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) en el que se asegura que es “difícil establecer la igualdad absoluta de condiciones jurídicas entre el individuo y el Estado” al inicio de una causa por la “desigualdad calculadamente introducida por el criminal”.

“Desde que surge en su mente la idea del delito, o por lo menos desde que, pervertida su conciencia, forma el propósito deliberado de cometerla, estudia cauteloso un conjunto de precauciones para sustraerse a la acción de la justicia y coloca al Poder público en una posición análoga a la de la víctima, la cual sufre el golpe por sorpresa, indefensa y desprevenida”, continúa el extracto de la LeCrim.

Así, la referida ley apunta que para “restablecer” la “igualdad en las condiciones de la lucha”, el procedimiento criminal “no debe ser más que un duelo noblemente sostenido por ambos combatientes, menester es que el Estado tenga alguna ventaja en los primeros momentos siquiera para recoger los vestigios del crimen y los indicios de la culpabilidad de su autor”.

El magistrado explica que ha recuperado dicho pasaje de la LeCrim “porque, en el caso de la presente instrucción, es una evidencia que el investigado ha hecho desaparecer pruebas que podrían encontrarse en sus terminales móviles”.

Hurtado apunta que aunque García Ortiz “ha dado distintas explicaciones para hacerlo, de haber mostrado algún grado de colaboración con el esclarecimiento de los hechos, bien podía haberlo comunicado antes de llevar a cabo tal desaparición, y no aprovechar para realizarlo el día 16 de octubre de 2024, cuando es notorio que este Tribunal Supremo se declara competente para conocer de la causa, a raíz de auto de 15 de octubre”.

Ningún mensaje en los móviles

Además, indica que ante esa desaparición se ha acordado la práctica de determinadas diligencias de instrucción para tratar de recuperar pruebas, para lo que “ha sido necesario acudir a la realización de una serie de medidas de investigación tecnológica en búsqueda de los dispositivos móviles con los que se presume que ha desplegado su actividad delictiva”.

Cabe recordar que la UCO halló “cero mensajes” en los dispositivos móviles del fiscal general y que el instructor, en su intento de esclarecer los hechos ha pedido ayuda a Google y a Whatsapp y ha reclamado el registro de llamadas de los móviles de García Ortiz. El jefe del Ministerio Público explicó que había borrado dicha información por razones de seguridad y en cumplimiento con un protocolo interno de la Fiscalía.

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