El Supremo avala la colocación de la bandera LGTBI en edificios públicos

Según el Tribunal Supremo, colocar la bandera LGTBI en los edificios públicos durante el Orgullo es legal porque no es una “bandera partidista”
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Imagen: Bandera LGTBI colgada en Ayuntamiento-Europa Press

El Tribunal Supremo ha avalado que se cuelgue la bandera LGTBI, en los edificios públicos durante la celebración del Orgullo, al entender que no es un «símbolo de significación partidista» ni «propugna ningún tipo de enfrentamiento«. Por su parte, la Fundación Española de Abogados Cristianos ha comunicado que recurrirá esta sentencia ante el Tribunal Constitucional.

Los magistrados han concluido que no hay impedimento para que se exhiba la bandera en un edificio público al entender que no infringe la Ley 39/1981, de 2 de octubre, que regula el uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas y tampoco vulnera los principios de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas.

El Alto Tribunal defiende que la bandera LGTBI «se proyecta a favor de la igualdad entre las personas, valor reconocido por la Constitución y por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea». Además, la Sala de lo Contencioso-Administrativo recuerda que los artículos 14 y 9.2 de la Constitución propugnan la superación de discriminaciones por cualquier circunstancia personal y el artículo 21.1 del documento europeo llama a eliminar toda forma de discriminación por razón de la orientación sexual.

El TS se ha pronunciado por el recurso presentado por la Fundación Abogados Cristianos ante la colocación de la bandera en el balcón principal del Ayuntamiento de Zaragoza y de la Diputación Provincial de Valladolid. Ante esta situación, el Supremo explica que la Ley 39/1981 no es aplicable a estos casos, pues no contempla el supuesto de exhibición de una bandera LGTBI. Al mismo tiempo, defiende que no hay contradicción entre lo que ahora se decide y lo resuelto anteriormente sobre el izado de una bandera autonómica distinta de la estatutaria y, en general, contra la exhibición en edificios públicos de símbolos o mensajes de carácter partidista.

Abogados Cristianos recurrirá la sentencia

Abogados Cristianos ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Constitucional esta decisión del Supremo. Según ha informado la fundación, se trata del «paso previo y necesario» para llevar el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha destacado que «este cambio de criterio del Tribunal Supremo es una muestra más de la politización del sistema judicial«. «Esta sentencia es una evidencia de cómo el sanchismo ha acabado con la independencia judicial, ante la pasividad del PP», ha denunciado

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