El Supremo descarta una denuncia que afirmaba que varios ministros tenían cuentas en República Dominicana por “falta de indicios”

El documento presentado por el denunciante se basaba en informaciones periodísticas relacionadas con el ‘caso Koldo’ y, en particular, con las declaraciones del empresario Víctor de Aldama, presunto conseguidor en dicha trama
The post El Supremo descarta una denuncia que afirmaba que varios ministros tenían cuentas en República Dominicana por “falta de indicios” first appeared on Hércules.  El Tribunal Supremo (TS) ha decidido inadmitir una denuncia presentada por un particular contra miembros del Gobierno y diputados, al considerar que carece de indicios mínimamente fundados que respalden la acusación. La denuncia, que apuntaba a posibles delitos de blanqueo de capitales y corrupción, incluía un supuesto listado de cuentas bancarias en República Dominicana atribuidas a altos cargos políticos.

El documento presentado por el denunciante se basaba en informaciones periodísticas relacionadas con el ‘caso Koldo’ y, en particular, con las declaraciones del empresario Víctor de Aldama, presunto conseguidor en dicha trama. Según la denuncia, De Aldama habría sugerido en sede judicial la existencia de dinero oculto en República Dominicana que podría proceder de actividades ilícitas. Además, se adjuntaban unas hojas con códigos alfanuméricos que el denunciante identificaba como cuentas bancarias pertenecientes a diversos ministros y diputados.

Entre los nombres señalados figuraban los ministros María Jesús Montero, Ángel Víctor Torres, Pilar Alegría, Óscar López y Luis Planas, así como la ex ministra Teresa Ribera. También se mencionaba a dirigentes socialistas como Santos Cerdán, Cristina Narbona, Patxi López y Rafael Simancas.

Sin embargo, la Sala de lo Penal ha rechazado la denuncia por varios motivos. En primer lugar, los magistrados señalan que la única base de la acusación son noticias de prensa que mencionan las declaraciones de un imputado, lo que califican de un conocimiento “fragmentario”. Además, recuerdan que el juez instructor, encargado del caso, es quien tiene acceso a la totalidad de las declaraciones y que, si hubiera encontrado indicios de delito, habría remitido el asunto al Tribunal Supremo por las vías pertinentes.

En segundo lugar, el auto judicial destaca que la denuncia no concreta ninguna conducta delictiva específica. Más allá de la afirmación de que un imputado mencionó pagos irregulares a miembros del Gobierno y desvío de fondos a República Dominicana, el documento no detalla hechos concretos ni aporta pruebas que sostengan tales acusaciones.

Otro de los argumentos del Supremo para inadmitir la denuncia es la falta de fiabilidad del listado de cuentas bancarias presentado. Según la Sala Segunda, en una ponencia redactada por el magistrado Andrés Palomo, el denunciante no indica cómo ni de dónde obtuvo dicha información, limitándose a afirmar que se trata de una “información recibida” sin ofrecer ningún indicio verificable que respalde su autenticidad.

En consonancia con la Fiscalía, el tribunal concluye que la denuncia se basa en titulares de noticias carentes de apoyo probatorio, mezclados con valoraciones personales sobre la importancia de los bienes jurídicos supuestamente vulnerados. Además, se subraya que el denunciante no especifica fechas, lugares ni circunstancias en las que habrían ocurrido los hechos denunciados, ni identifica claramente a los responsables o afectados.

Por todo ello, los magistrados consideran que el documento presentado no constituye una base suficiente para iniciar una investigación, ya que se fundamenta en un conjunto de afirmaciones sin respaldo objetivo. “No existe la más mínima base indiciaria que confirme la coincidencia de los datos con la realidad”, concluye el auto.

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