El TS convoca una vista pública el 29 de mayo ante el posible incumplimiento del Estado en la acogida de MENAS en Canarias

El Supremo exige al Gobierno una relación individualizada de los menores evaluados y pendientes de evaluación dentro del marco del Sistema Nacional de Acogida
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Varios servicios de emergencia atienden a migrantes recién rescatados de un cayuco, en Puerto Naos, a 4 de enero de 2025, en Arrecife, Lanzarote. Fuente: Europa Press

El Tribunal Supremo ha decidido convocar una vista pública el próximo 29 de mayo para evaluar el grado de cumplimiento, por parte de la Administración General del Estado, de una medida cautelar dictada el pasado 25 de marzo. Esta medida exigía al Gobierno garantizar, en un plazo improrrogable de 10 días, el acceso y permanencia en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional de los menores no acompañados a cargo de los servicios de protección de la Comunidad Autónoma de Canarias, que hubiesen solicitado asilo o manifestado su intención de hacerlo.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha adoptado esta decisión tras considerar que la respuesta remitida por el Estado “parece poner de relieve que no se ha dado cumplimiento en sus propios términos” al requerimiento judicial. Por ello, se ha citado tanto a la Administración estatal como al Gobierno de Canarias, en calidad de demandante en este procedimiento, para comparecer en dicha vista pública.

Asimismo, el tribunal requiere información sobre si el sistema estatal dispone actualmente de medios suficientes para cumplir con esta función, y, en caso negativo, qué medidas se han adoptado para remediar esta situación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 7 y 8 del citado Real Decreto. También deberán identificarse las unidades administrativas responsables de estas actuaciones y detallarse los acuerdos o protocolos suscritos con Canarias, así como el calendario previsto para su aplicación.

Actualmente más de 5.500 menores no acompañados se encuentran bajo tutela del Ejecutivo canario

Cabe recordar que en el auto de marzo, el Tribunal Supremo actuó con carácter de urgencia, en base al principio del superior interés del menor, al estimar que existía un riesgo real de desprotección para estos menores no acompañados. La medida cautelar fue solicitada por el Gobierno de Canarias, que desde hace años viene advirtiendo del colapso del sistema de acogida en las islas ante el aumento de llegadas de menores migrantes sin acompañamiento.

La vista del 29 de mayo se presenta como un momento clave para esclarecer si la Administración estatal ha dado los pasos necesarios para asumir su competencia en esta materia y ofrecer una respuesta coordinada y efectiva a una situación que ha tensado las capacidades del sistema de protección de menores en Canarias.

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