El Gobierno aprueba una normativa que transforma los menús escolares, eliminando ultraprocesados y promoviendo productos frescos, ecológicos y locales. La medida busca mejorar la salud infantil y reducir desigualdades sociales
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El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes al Real Decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles, que implica un cambio significativo en la alimentación de los centros educativos: desde ahora, queda prohibida la venta y el consumo de bebidas azucaradas y bollería industrial en colegios.
Así lo anunció el ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, al explicar que esta normativa fomenta un modelo alimentario escolar basado en el consumo regular de frutas, verduras, legumbres, pescados y carnes de calidad. El objetivo es limitar de forma drástica los alimentos ultraprocesados, los precocinados y las frituras frecuentes, eliminando además los refrescos, bebidas energéticas y dulces industriales de máquinas expendedoras y cafeterías escolares.
Bustinduy subrayó que esta transformación no dependerá del nivel socioeconómico ni del lugar de residencia de los menores, garantizando una alimentación equilibrada para todos los estudiantes del país.
La ministra de Educación y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, respaldó el anuncio afirmando que se pretende proporcionar a los menores una alimentación más variada y nutritiva. Esta nueva regulación ha sido elaborada de forma conjunta por cinco ministerios: Derechos Sociales, Educación, Agricultura, Sanidad y Juventud e Infancia.
El decreto establece que todos los colegios, sean públicos, concertados o privados, con comedor escolar y que impartan enseñanzas desde el segundo ciclo de infantil hasta ciclos medios de FP, deben ofrecer cinco comidas saludables semanales. De forma obligatoria, la fruta y verdura fresca deben formar parte del menú diario, siendo al menos un 45% de ellas de temporada, fomentando así hábitos saludables y producción sostenible.
El impulso a productos frescos y de proximidad también tiene como fin respaldar al sector agrícola y ganadero nacional, en palabras del ministro. Bustinduy defendió que este nuevo enfoque no solo protege los derechos de la infancia, sino también al medio ambiente y la economía local.
Modelos similares ya han demostrado resultados positivos en lugares como Canarias, con su programa ‘Ecocomedores’, o en la Comunidad Valenciana con ‘Horta Cuina’. De hecho, el nuevo decreto establece que al menos dos platos al mes o el 5% del presupuesto de compra se destine a productos ecológicos.
Asimismo, se fijan frecuencias concretas para alimentos clave: el pescado deberá servirse entre una y tres veces por semana, una medida que busca elevar su consumo, ya que hasta ahora hay unos 1.200 comedores escolares donde no se sirve nunca. También se ha detectado que el 14% de los colegios incumplen la recomendación mínima de ofrecer legumbres semanalmente. Por ello, estas deben incluirse al menos una vez por semana. Igualmente, se establece que se sirvan cereales integrales, como arroz o pasta, al menos una vez por semana, además de varias raciones de pan integral.
En cuanto a la eliminación de productos insanos, el decreto prohíbe las bebidas azucaradas, energéticas y bollería industrial tanto en comedores como en las máquinas expendedoras y cafeterías de los centros. Los productos que excedan 5 gramos de azúcar por porción y no se ajusten a las recomendaciones nutricionales de la OMS quedarán fuera de la oferta escolar.
El nuevo estándar marca un máximo de 200 kilocalorías por porción, en línea con la distribución calórica diaria aconsejada: 25% en el desayuno (o 15% si se complementa con almuerzo del 10%), 35% en la comida, 10% en la merienda y 30% en la cena. El almuerzo de media mañana o la merienda no podrán sobrepasar ese 10% de energía, es decir, 200 kilocalorías.
En términos de grasas, el contenido calórico procedente de ellas no debe superar el 35%, lo que implica un máximo de 7,8 gramos de grasa total por porción. Para las grasas saturadas, el límite es del 10% de la energía, es decir, 2,2 gramos por ración. En el caso de los azúcares añadidos o libres, también se marca un 10% máximo (5 gramos), y para la sal, el tope queda en 0,5 gramos por porción (equivalente a 0,2 g de sodio).
Otra restricción destacada afecta a los platos precocinados, como pizzas o empanadillas, que solo podrán servirse una vez al mes. En cuanto a las frituras preparadas en el mismo día, podrán ofrecerse como mucho una vez por semana y, preferentemente, deben cocinarse con aceite de oliva o girasol alto oleico, opciones más saludables que otros aceites industriales.
Este Real Decreto, que desarrolla el artículo 40 de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición de 2011, busca adaptar la normativa a las necesidades actuales y alinear la política alimentaria escolar con el Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Obesidad Infantil 2022-2030.
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