Descubre cómo la nulidad del aval ICO Covid protege a autónomos y pymes de avales personales abusivos firmados durante la pandemia
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La nulidad aval ICO Covid empieza a abrir una nueva vía para miles de autónomos y pequeñas empresas que, en plena emergencia sanitaria, firmaron préstamos con avales personales del 100% sin ser plenamente conscientes del riesgo que asumían. Ahora, varias sentencias recientes están poniendo en jaque la validez de esos compromisos, generando un cambio jurídico de gran alcance. Si bien informamos sobre esta materia, las diversas sentencias en favor de la nulidad están consolidando una corriente jurisprudencial innovadora sobre la nulidad de estos prestamos.
Durante la pandemia, los créditos avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) fueron un salvavidas para quienes necesitaban liquidez urgente. Pero, aunque el Estado garantizaba solo el 80% de esos préstamos, en muchos casos se exigió a los empresarios responder personalmente por la totalidad, una práctica que está siendo cuestionada en los tribunales.

Nuevas sentencias refuerzan la nulidad del aval ICO Covid
El despacho Asoban Abogados, liderado por Diego Zapatero, ha logrado dos nuevas sentencias que refuerzan la tendencia a declarar la nulidad parcial del aval personal. Una, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Betanzos contra Banco Sabadell, y otra en Madrid frente a Bankinter, limitaron la responsabilidad de los avalistas al 20% del capital, en línea con la garantía del Estado.
Estas decisiones se suman a una primera victoria en Zaragoza contra Caja Rural de Aragón y otras sentencias similares en Tomelloso y Ciudad Real, confirmando que esta no es una excepción judicial sino una tendencia en expansión.
¿Por qué se anulan estos avales?
La clave legal está en el vicio del consentimiento. Según explica Zapatero, “los autónomos y pymes que firmaron no fueron informados con claridad sobre la obligación de avalar el 100% del préstamo. La documentación era ambigua y no reflejaba el verdadero alcance del compromiso”.
Los tribunales coinciden en que esta falta de transparencia vulnera principios básicos del derecho civil y bancario, invalidando parcialmente esas cláusulas que imponen cargas excesivas a los avalistas.
El impacto para las entidades financieras puede ser considerable: si las sentencias confirman la nulidad, los bancos solo podrán reclamar el 20% no cubierto por el ICO. Esto no solo limita su capacidad de cobro, sino que puede afectar su reputación y generar reclamaciones por mala praxis.
Además, el Estado, como garante principal, podría verse obligado a revisar sus mecanismos de supervisión y la forma en que se otorgaron estos avales, especialmente ante la evidencia de falta de control y transparencia.
Alivio para autónomos y pymes en apuros
Para muchos empresarios, estas resoluciones judiciales significan un balón de oxígeno. “Firmaron en un momento de urgencia, sin entender que avalaban con su patrimonio total”, recuerda Zapatero. Ahora, la nulidad les ofrece la posibilidad de limitar su responsabilidad y evitar embargos que podrían arruinar sus negocios.
Desde la publicación de estas sentencias, Asoban Abogados ha recibido un incremento notable en consultas, no solo de pequeños comercios y autónomos, sino también de empresas de mayor tamaño que buscan soluciones para sus elevados préstamos.
Pasos para reclamar la nulidad del aval
Si eres autónomo o pyme y firmaste un aval personal al 100% en un préstamo ICO, el primer paso es recopilar toda la documentación: contratos, avales, anexos y comunicaciones previas. “Luego, es fundamental consultar a un despacho especializado que analice el caso en detalle y, si procede, inicie la reclamación extrajudicial y la demanda judicial. Es importante no demorar, ya que los plazos pueden jugar en contra”, aconseja Zapatero.
Detrás de estas nulidades se encuentra un patrón preocupante. Según Zapatero, “los bancos aprovecharon la situación de urgencia para imponer avales completos sin advertir claramente a los clientes. Esto no solo es falta de transparencia, sino que puede considerarse abuso de posición dominante”.
Este hecho abre la puerta a futuras reclamaciones por daños y exige una revisión profunda del sistema de concesión y control de los créditos avalados por el ICO.
Un cambio jurisprudencial con efecto dominó
Con cinco sentencias estimatorias —tres de ellas gestionadas por Asoban— la tendencia está clara. Cada fallo favorable anima a más afectados a reclamar, creando un efecto dominó que podría transformar la interpretación judicial sobre estos avales.
Las consultas provienen principalmente de sectores como la hostelería, comercio minorista, servicios profesionales y talleres. Estos colectivos firmaron avales en condiciones excepcionales y ahora buscan protegerse.
Recientemente, incluso empresas de mayor tamaño se han sumado a este movimiento, conscientes de que una nulidad podría significar una importante reducción de su deuda personal.
Una oportunidad para proteger el patrimonio empresarial
La nulidad aval ICO Covid representa no solo un triunfo legal sino una medida de justicia económica y social. Permite a los afectados proteger su patrimonio y la viabilidad de sus negocios frente a avales excesivos firmados en un contexto de crisis. Para quienes quieran profundizar en esta materia, Asoban Abogados ha publicado un completo análisis sobre esta materia. Este giro judicial abre una esperanza para miles de empresarios que buscan saldar una deuda con condiciones que ahora están siendo cuestionadas en tribunales. La historia está en marcha, y la justicia podría estar dando un paso decisivo para equilibrar responsabilidades.
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