La Audiencia Provincial de Soria declara nula por abusiva una cláusula referenciada al IRPH y abre la puerta a miles de reclamaciones en España
The post Nueva demoledora sentencia pone al IRPH en la cuerda floja first appeared on Hércules. En una edición anterior de Vida Adulta ya tratamos el asunto relativo al conocido como el IRPH. No obstante, el dinamismo del mundo jurídico actual nos obliga a pararnos de nuevo en esta cuestión. El hecho es que una oleada de reclamaciones pueden llegarse a dar a raíz de una pionera sentencia. Tal es así, que este medio a podido acceder a la sentencia en cuestión y procederemos a refrescar y dar un halo de luz a los afectados por la polémica, en lo que a la nulidad por clausulas abusivas se refiere en las hipotecas con dicho índice.
Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Soria ha supuesto un importante respaldo para los afectados por hipotecas vinculadas al controvertido IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios). El fallo declara abusiva una cláusula incluida en un préstamo hipotecario de Unicaja, al considerar que carecía de la transparencia exigida legalmente. La entidad deberá recalcular el préstamo como si el IRPH nunca se hubiese aplicado, lo que se traduce en una importante devolución económica para el consumidor.
Según explica Ángel Sánchez, socio y abogado del despacho Asoban Abogados, especializado en derecho bancario, “la clave de la sentencia está en que no basta con que el IRPH sea un índice legal; debe haberse explicado adecuadamente al consumidor para que este comprendiera su funcionamiento y consecuencias económicas”.
El IRPH es un índice oficial publicado por el Banco de España, calculado como la media de los tipos de interés aplicados por las entidades en sus operaciones hipotecarias. A diferencia del Euríbor, no se basa en transacciones del mercado interbancario, sino en datos que provienen directamente de los bancos, lo que ha levantado críticas por potenciales conflictos de interés.
“El IRPH ha sido históricamente entre 1 y 2,5 puntos más alto que el Euríbor”, señala Sánchez. “Eso supone cuotas mucho más elevadas, con un impacto económico importante para las familias”. Además, incluye comisiones y gastos que lo hacen menos transparente y más difícil de comprender.
La polémica y el pronunciamiento del TJUE
La controversia sobre el IRPH no es nueva. Durante años, miles de afectados han denunciado que sus hipotecas se comercializaron sin información clara, sin simulaciones comparativas con otros índices y sin aplicar el diferencial negativo que recomendaba el Banco de España.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 12 de diciembre de 2024 no declaró ilegal el IRPH, pero sí estableció que su incorporación a los contratos debe cumplir estrictos criterios de transparencia. El alto tribunal europeo fue tajante: no basta con publicar el índice en el BOE, el consumidor debe entender su funcionamiento y efectos.
El fallo de la Audiencia de Soria
El caso juzgado en Soria se centró en una hipoteca que incluía una cláusula referenciada al IRPH sin detallar su composición ni explicar sus implicaciones económicas. La Audiencia concluyó que el cliente no tuvo la información necesaria para tomar una decisión informada, lo que vulnera los principios de buena fe y equilibrio contractual.
Unicaja defendió la legalidad del índice y la supuesta comprensión por parte del consumidor. Sin embargo, la Audiencia desmontó estos argumentos, afirmando que la legalidad del índice no exime a la entidad de cumplir su deber de transparencia.
La entidad fue condenada a recalcular el préstamo, lo que puede suponer la devolución de entre el 25% y el 50% del capital amortizado, dependiendo del caso concreto. “Esta sentencia refuerza la posición de los consumidores, aunque no sea vinculante”, aclara Sánchez. “Se espera que muchas otras Audiencias Provinciales sigan este camino”.
Reacciones y futuro judicial
Hasta ahora, Unicaja no ha anunciado si recurrirá el fallo. Por su parte, entidades como Kutxabank ya han manifestado su intención de impugnar sentencias similares. Desde asociaciones de consumidores y despachos como Asoban, se insiste en la importancia de actuar: “Es el momento de reclamar”, subraya Ángel Sánchez.
En cuanto al perfil del cliente afectado, Sánchez indica que no hay un patrón único. “Lo que une a todos es la voluntad de defender sus derechos frente a cláusulas que no fueron explicadas con la claridad debida. Muchos bancos siguen alegando que lo hicieron todo bien, pero la realidad judicial demuestra lo contrario”.
El camino judicial está lejos de cerrarse. Con unos dos millones de hipotecas referenciadas históricamente al IRPH, el fallo de la Audiencia de Soria puede marcar un antes y un después en la defensa de los consumidores frente a las malas prácticas bancarias.
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